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5/10/11

Confusión legal

La abuela estudio en su día la carrera de Derecho (licenciatura en Derecho actualmente). Ejerció como Abogado entre 1984 y 1987 y posteriormente como Funcionario de la Administración de Justicia hasta el año 2009. Luego llegasteis vosotros y otras cosas y la abuela dejó los tribunales temporalmente.

Hoy ha ido a enterarse de su situación para poder regresar a su trabajo y se ha encontrado con la sorpresa de que o ella es tonta o la maraña legislativa que existe en este nuestro país, Españistán (que dice vuestro tío el médico), no la entienden ni los que han hecho las leyes.

Hay leyes estatales, autonómicas, locales, reglamentos que modifican unas y otras, reglamentos que son derogados por leyes posteriores pero que las comunidades, por inactividad reglamentaria y/o legislativa, siguen aplicando por defecto incluso aunque haya sentencias del Supremo que anulan o declaran ilegales preceptos de esos reglamentos.

Así que uno va al departamento correspondiente de su Comunidad Autónoma y pregunta al funcionario de turno:
-Oiga ¿y de lo mio que?
Y el funcionario responde:
-Lo suyo es tal según el arto.x de la Ley M.

Y la abuela, que creía que algo de esto sabía, le dice con cara de sorpresa:
-Perdone creo que está equivocado. Ese artículo fue modificado por la Ley estatal S y es aplicable hasta que la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria x, no especifique reglamentariamente otra cosa.

-Si usted lo dice.....sera - le responde el funcionario- pero aquí aplicamos esto que le he dicho. Y si no está de acuerdo recurra ante la jurisdicción contencioso administrativa.

-Vale- dice la abuela- pero para eso necesito una resolución por escrito.

-Claro- dice el funcionario- pero para obtenerla tiene que solicitar algo.

-Ya pero que solicito ¿que el Viceconsejero de pititín me informe sobre lo que estoy preguntando? Eso no sería una resolución, como mucho un dictamen o un informe y eso no lo puedo recurrir; tendría que esperar a que me apliquen esa norma en una resolución y entonces recurrir la misma, lo que supondría que mi situación tardaría, tal vez, años en resolverse.

-Pues mire, es lo que hay- me dice el funcionario con cara de "estoy de acuerdo con Vd".

Entonces la abuela recurre a los Sindicatos y su respuesta es todavía mas asombrosa:

- No se preocupe, cuando usted quiera resolver su situación todas las leyes habrán cambiado con lo que ni la Ley M, ni la Ley S, ni los decretos legislativos P de la Comunidad Autónoma estarán vigentes.

Y la abuela se queda con cara de tonta y una angustia en el cuerpo que ni os describo. Y piensa que para que dedicaría cinco años de su vida a estudiar leyes y veintitantos a aplicarlas si, al final, cuando ella necesita que la Ley la ampare resulta que, como dijo Santa Teresa:
Nada te turbe,
Nada te espante,
Todo se pasa,
Dios no se muda,
La paciencia
Todo lo alcanza;
Quien a Dios tiene
Nada le falta:
Sólo Dios basta.

Pues eso, que Dios nos ampare ante la inseguridad jurídica de este nuestro país, Españistán. Porque ya ni los que aplican la Ley tienen claro cual es la que tienen que aplicar y, cuando lo tienen claro, vienen las interpretaciones del Magistrado-Juez de turno. Y las interpretaciones dependen, como en el teatro, de la capacidad interpretativa del Magistrado-actor de turno.

La abuela espera que, cuando le toque pedir algo a la Administración, el intérprete sea de la categoría de Sean Connery o Marlon Brando y no de un intérprete recién salido de la Academia de Teatro.

Entretanto pediré consejo a vuestro padre que, como la abuela, perdió el tiempo estudiando leyes y se dedica, para poder alimentaros, al mundo del Derecho.

¿Licenciatura en Derecho? Licenciatura en Laberintos lo llamaría yo.